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Derecho Familiar

Divorcio En Florida

Pasar por un divorcio o separación nunca es fácil, ya sea que las partes se separen o la vida nos lleve en diferentes direcciones, lo más importante es entender que hay luz al final del túnel y eventualmente superará esto. En cualquier caso, pase lo que pase, siempre hay una respuesta y una solución a cualquier dificultad o preocupación en la vida. Estamos listos para ayudarle a entender sus derechos y guiarlo a través del proceso de presentar una adecuada disolución del matrimonio.
Nuestro equipo está aquí para usted y queremos ayudarle en estos momentos difíciles.

"Usted es maravilloso y hecho a la perfección, haga lo mejor del resto de su vida, la vida es demasiado corta para darle otro minuto a cualquiera o cualquier cosa que no le haga feliz."

En Florida, un divorcio se conoce como una “disolución del matrimonio”, que es el procedimiento para disolver legalmente un matrimonio.

Hay Tres Maneras De Solicitar El Divorcio En El Estado De Florida.

Divorcio Simplificado

En algunos casos, las partes tienen la opción de presentar una "disolución simplificada del matrimonio" cuando los bienes y la custodia de los hijos no están en cuestión.

Divorcio No Impugnado

A menudo, la mejor manera de separarse es en buenos términos, y algunas partes pueden optar por resolver amistosamente sus disputas y presentar una "disolución indiscutible del matrimonio".

Divorcio Impugnado

Desafortunadamente, no siempre es fácil, en algunos casos las partes no pueden llegar a un acuerdo y pueden tener que presentar una "disolución impugnada del matrimonio".

Divorcio Simplificado

Esta es una forma rápida y sencilla de disolver un matrimonio, pero esta opción no siempre está disponible para todas las situaciones. Para calificar para un divorcio simplificado en Florida, las partes deben cumplir todas las siguientes condiciones:

  1. Usted y/o su cónyuge deben haber vivido en Florida durante al menos 6 meses antes de solicitar una disolución en Florida.
  2. Usted y su cónyuge están de acuerdo en que el matrimonio no puede salvarse.
  3. Usted y su cónyuge no tienen hijos menores o dependientes juntos, la esposa no tiene hijos menores o dependientes nacidos durante el matrimonio, y la esposa no está embarazada.
  4. Usted y su cónyuge han resuelto cómo ustedes dos dividirán las cosas que ambos poseen (sus activos) y quién pagará qué parte del dinero que ambos deben (sus pasivos), y ambos están satisfechos con esta división.
  5. Usted no está buscando apoyo (pensión alimenticia) de su cónyuge, y viceversa.
  6. Usted está dispuesto a renunciar a su derecho a ser juzgado y apelar.
  7. Usted y su cónyuge están dispuestos a ir a la oficina del secretario para firmar la petición (no necesariamente juntos).
  8. Usted y su cónyuge están dispuestos a ir a la audiencia final (al mismo tiempo).

Divorcio No Impugnado

A menudo, la mejor manera de separarse es en buenos términos, y algunas partes pueden optar por resolver amistosamente sus controversias y presentar una “disolución no impugnada del matrimonio” cuando las partes han acordado la distribución de los bienes conyugales y/o la custodia de los hijos junto con calendarios para compartir el tiempo. Esta es, en muchos casos, la forma más eficiente de disolver un matrimonio.

Divorcio Impugnado

Lamentablemente, no siempre es fácil, en algunos casos las partes no pueden llegar a un acuerdo y tal vez tengan que presentar una “disolución impugnada del matrimonio” cuando las partes pueden optar por asistir a una mediación familiar o, en algunos casos, las partes pueden incluso plantear sus preocupaciones ante un juez de familia con el fin de que se decida la propiedad conyugal y/o la custodia de los hijos mediante el ordenamiento jurídico y el proceso judicial.
Hay algunas razones por las que las partes pueden tener que presentar un divorcio impugnado, algunas de estas razones incluyen, entre otras, las siguientes:

  • Pensión alimenticia/manutención conyugal
  • División de activos/División de Bienes
  • Distribución de deuda
  • Custodia infantil
  • Apoyo a los hijos
  • Reubicación de niños

Propiedad Conyugal

Lo que es tuyo es mío y lo mío es tuyo, estas palabras no son concretas en un matrimonio pero tienen consecuencias importantes.

En Florida, a menos que exista un acuerdo premarital o posmarital, la propiedad conyugal incluye cualquier propiedad adquirida durante el matrimonio con dinero o fondos obtenidos durante el matrimonio, independientemente de quién compró la propiedad o bien. Por lo general, con algunas excepciones, no importa el nombre en el título o quién se nombre el activo también. Sin embargo, existen diferentes reglas y regulaciones que regirán la distribución de herencias, regalos, cuentas de jubilación y negocios.

Los bienes conyugales incluirán también el aumento del valor de los bienes no matrimoniales, lo que significa que los bienes que se vuelven más valiosos durante el transcurso del matrimonio debido al trabajo de una o ambas partes, o porque una o ambas partes gastan fondos conyugales o activos mejorando los bienes o activos, entonces la diferencia entre el valor actual y el valor de los bienes o activos antes del matrimonio puede considerarse propiedad conyugal a los efectos de la disolución del matrimonio.

Hay muchas reglas y excepciones que rigen la ruptura de estas mejoras, siempre es necesario consultar con un abogado antes de acordar cualquier acuerdo matrimonial.

Pensión Alimenticia

Yo te apoyé, ahora tú me apoyas a mí. La pensión alimenticia es una vía que puede solicitarse en algunos casos en que el cónyuge cree que necesita apoyo financiero del otro cónyuge y el cónyuge tiene los medios económicos para sostener. No todos los matrimonios tienen derecho a pensión alimenticia, pero en algunos casos un tribunal puede considerar las circunstancias viables para otorgar ayuda financiera temporal o, en algunos casos, permanente a un cónyuge que necesite la asistencia justificada.

Muchos factores se tienen en cuenta al determinar si la pensión alimenticia es necesaria, algunos de estos factores incluyen la duración del matrimonio. En Florida, la duración de los matrimonios se calcula a través de lo que se conoce como una presunción refutable.

  • Matrimonio a corto plazo — Un matrimonio que tiene una duración inferior a siete años.
  • Matrimonio a término moderado — Un matrimonio que tiene una duración de más de siete años pero menos de diecisiete años.
  • Matrimonio a largo plazo — Un matrimonio que tiene una duración de diecisiete años o más.

Según las circunstancias y la duración del matrimonio, el tribunal puede conceder varios tipos de pensión alimenticia, si el Tribunal lo considera necesario o si las partes acuerdan.

  • Pensión alimenticia permanente — La pensión alimenticia permanente es sólo eso, el apoyo permanente del cónyuge. Por lo general, este apoyo se concede a los matrimonios de larga duración cuando se cumplen los criterios legales o para matrimonios moderados, si es necesario, sobre la base de factores legales, junto con pruebas claras y convincentes que se presentan ante el Tribunal. En algunos casos, puede concederse a matrimonios de corta duración. Sin embargo, el Tribunal debe dictaminar que ninguna otra forma de pensión alimenticia es justa y razonable a fin de conceder la manutención permanente del cónyuge.
  • Bridge The Gap Pensión Alimentaria – Es la manutención conyugal que se concede temporalmente en los casos en que los cónyuges tienen necesidades a corto plazo para acomodar y lograr la automanutención. La pensión alimenticia Bridge The Gap no debe exceder de dos años de manutención al cónyuge.
  • Pensión alimenticia de plazo específico — Esta pensión alimenticia se establece para un período de tiempo específico. En algunos casos, la pensión alimenticia puede ser modificada cuando haya cambios sustanciales de circunstancias bajo el Estatuto de Florida. Por lo general, la duración de la pensión alimenticia no se modificará a menos que existan circunstancias excepcionales, y esta duración no puede exceder la duración del matrimonio real.
  • Pensión alimenticia rehabilitadora – Se refiere a la pensión alimenticia temporal concedida a un cónyuge con el fin de ayudar al cónyuge a llegar a un puesto en el que pueda hacerse cargo de los gastos sin asistencia alguna y tener la capacidad y el deseo de reincorporarse a la fuerza de trabajo.

La pensión alimenticia terminará tras la muerte de cualquiera de las partes o por nuevo matrimonio de la parte que recibe la manutención del cónyuge.


La disolución del matrimonio en el Estado de Florida se rige por el Capítulo 61 del Estatuto de Florida.

Acuerdos Prenupciales Y Posnupciales

Lo que es tuyo es mío y lo mío es tuyo, estas palabras no son concretas en un matrimonio pero tienen consecuencias importantes.

En Florida, a menos que exista un acuerdo premarital o posmarital, la propiedad conyugal incluye cualquier propiedad adquirida durante el matrimonio con dinero o fondos obtenidos durante el matrimonio, independientemente de quién compró la propiedad o bien. Por lo general, con algunas excepciones, no importa qué nombre de las partes esté en el título o quién se nombre el activo. Sin embargo, existen diferentes reglas y regulaciones que regirán la distribución de herencias, regalos, cuentas de jubilación y negocios.

Los bienes conyugales incluirán también el aumento del valor de los bienes no matrimoniales, lo que significa que los bienes que se vuelven más valiosos durante el transcurso del matrimonio debido al trabajo de una o ambas partes, o porque una o ambas partes gastan fondos conyugales o activos mejorando los bienes o activos, entonces la diferencia entre el valor actual y el valor de los bienes o activos antes del matrimonio puede considerarse propiedad conyugal a los efectos de la disolución del matrimonio.

Hay muchas reglas y excepciones que rigen la ruptura de estas mejoras, siempre es necesario consultar con un abogado antes de acordar cualquier acuerdo matrimonial.

“Por Qué Herir a Alguien Cuya Única Intención Fue Amarte”

– Reyna Biddy

Acuerdo Prenupcial

Un acuerdo prenupcial se conoce legalmente como acuerdo premarital. Este es un acuerdo legal entre dos personas que se convierte en vinculante para el matrimonio y determina estrategias financieras para ambas personas en caso de divorcio. El Estatuto de Florida 61.079 y la Ley Uniforme de Acuerdos Prematrimoniales (UPAA) rigen los acuerdos prenupciales.

Acuerdo Posnupcial

Un acuerdo posnupcial se denomina legalmente "acuerdo posmarital". Al igual que un acuerdo premarital, el acuerdo posmarital identifica cómo se dividirán los bienes de las partes en caso de divorcio. La diferencia es que el acuerdo posmatrimonial está diseñado específicamente para parejas que ya están casadas o que están actualmente en una unión civil.

Requisitos

Tanto el premarital como el posmarital comparten algunas similitudes cuando se trata de requisitos necesarios para que los acuerdos sean vinculantes. Algunos de estos requisitos incluyen:

  • El acuerdo debe estar por escrito.
  • Ambas partes deben firmar el acuerdo voluntaria e intencionalmente.
  • Ambas partes deben hacer una revelación plena y justa de sus ingresos, activos y pasivos.
  • El acuerdo no puede ser inconcebible ni totalmente unilateral.
  • En Florida, los acuerdos deben cumplir con los requisitos estatales bajo la ley para hacerlos ejecutables y vinculantes.

Es esencial que se ponga en contacto con un abogado experimentado para redactar estos acuerdos porque existen numerosos requisitos legales que deben cumplirse plenamente para que los acuerdos prenupciales y posnupciales sean legalmente vinculantes.

Ley Familiar

Custodia de los Hijos y Paternidad

Custodia de los Hijos

Tus hijos lo necesitan. Todos los padres saben que si sus hijos tienen dos o veintidós años, siempre serán su bebé y no importa qué, luchará a través de cualquier cosa para asegurarse de que estén felices, sanos y seguros. Queremos ayudarle a luchar por sus derechos parentales, a menudo, las personas se guiarán por lo que los vecinos y los programas de televisión retratan como el proceso de custodia de los hijos, pero es importante saber que usted tiene derechos como padre y que el objetivo final de los tribunales es garantizar el interés superior del niño. De hecho, siempre que sea posible, los Tribunales de Florida prefieren ver a ambos padres seguir participando en la vida de un niño después de un divorcio o separación.

Nuestro equipo le ayudará a luchar por sus hijos.

"Convertirse en padre es el momento en que todas las batallas de la vida parecen merecer la pena luchar".

Los niños necesitan a sus padres. En Florida, la custodia parental se divide en “responsabilidad parental” y “tiempo compartido”. Los Tribunales de Florida establecen la custodia de los hijos y/o el tiempo compartido basado en el interés superior del niño.

Paternidad

Los padres también tienen derechos. La paternidad es el proceso por el cual el padre de un niño es legalmente identificado y establecido en Florida. Desafortunadamente, sólo tener el nombre de un hombre en el certificado de nacimiento no es suficiente para demostrar que es el padre legal de un niño. En muchos casos, una madre puede nombrar a cualquier persona que cree que puede ser el padre o que desee ser el padre de un hijo, a efectos de paternidad. Hay varias maneras de demostrar la paternidad y las pruebas de ADN definitivamente no es la única manera de hacerlo.

Responsabilidad Parental

Ser padre es mucho más que tener un hijo, es ser responsable de su hijo y tomar decisiones para afectar mejor sus vidas. La responsabilidad parental es el derecho de los padres asociado con las decisiones que afectan al interés superior del niño, que incluyen decisiones críticas en nombre del niño, como la religión, la escolaridad y las decisiones médicas.

Tiempo Compartido

Usted quiere estar allí para su hijo, no sólo financiera o moralmente, sino que los padres quieren pasar tiempo disfrutando de la compañía de sus hijos. El tiempo compartido es el derecho de los padres a pasar tiempo físico real con sus hijos. Los tribunales de Florida han seguido la tendencia de compartir el tiempo entre los padres y los padres. Esto significa que a menudo, con excepción de algunos casos, el Tribunal prefiere que ambos padres disfruten del mismo tiempo que sus hijos, al menos siempre que sea posible.

Manutención a los Hijos

Estar ahí para su hijo no significa que tenga que mantener a su otro padre. En Florida, la “manutención de los hijos” es el apoyo económico que el niño tiene derecho a recibir de sus padres. Este beneficio es el derecho del niño y no el padre y se calcula de acuerdo con el reparto del tiempo asignado y los ingresos de ambos progenitores en lo que se refiere a las directrices establecidas por la ley de Florida.